El Congreso aprueba que los agentes puedan retirar el carnet de conducir en el acto

La policía podrá retirar el carnet si comprueba que el conductor “ha perdido las condiciones físicas necesarias para conducir”

LA VANGUARDIA - 24/12/2003

MADRID. (Redacción y agencias.) – El Congreso de los Diputados aprobó ayer la incorporación de un nuevo artículo a la ley de Tráfico y Seguridad Vial en virtud del cual los agentes de la autoridad podrán intervenir de forma inmediata el permiso de conducción tanto al conductor que cometa una infracción como al que esté implicado en un accidente y que además presente “síntomas evidentes de que ha perdido las condiciones físicas necesarias para conducir”. Este texto entrará en vigor el próximo 1 de enero.

De esta forma se modifica la enmienda introducida en un primer momento en el Senado, que no contemplaba la palabra “físicas”, lo que motivó las protestas de las principales asociaciones de automovilistas, que criticaron que los agentes de tráfico pudieran retirar el carnet de conducir de inmediato a los infractores sólo ante la consideración subjetiva de que el conductor no reuniera las “condiciones necesarias” para llevar el vehículo. Además, advirtieron de que la norma, en su anterior redactado, podía acabar en el Tribunal Constitucional.

La retirada del carnet en el acto acompaña al bloque de medidas ya anunciadas tras el Consejo de Ministros del 17 de octubre, que endurecen las sanciones por infringir las reglas de circulación, y se ha tramitado dentro de la ley de acompañamiento de los presupuestos para que pueda entrar en vigor a partir de enero.

El artículo permitirá a los agentes, tanto guardias civiles como policías locales y autonómicos, adoptar una medida tan drástica cuando consideren que el conductor puede suponer un riesgo para los demás y para sí mismo.

Por otra parte, tras las enmiendas introducidas por el Senado, la conducción sin la autorización administrativa implicará que no se pueda obtener el permiso durante un año, así como la exigencia del depósito obligatorio del vehículo cuando sea el conductor sin carnet el titular.

El texto aprobado también prohíbe a los conductores noveles en sus primeros dos años obtener un nuevo permiso si han cometido tres infracciones graves o dos muy graves, así como que no puedan tener carnet durante un año.

Las nuevas modificaciones de l ley de Tráfico vienen a coincidir en el tiempo con la aprobación de los principales reglamentos que desarrollan la ley aprobada en diciembre del año 2001. Sin embargo, no suponen un cambio en las normas y reglas que deben respetar tanto conductores como peatones. Tan sólo modifican las sanciones con que se castigarán determinadas infracciones.

La Vanguardia 24 de diciembre de 2003

 

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