El Congreso aprueba que
los agentes puedan retirar el carnet de conducir en el acto
La policía
podrá retirar el carnet si comprueba que el conductor “ha perdido las
condiciones físicas necesarias para conducir”
LA
VANGUARDIA - 24/12/2003
MADRID. (Redacción y agencias.) – El Congreso de los Diputados aprobó ayer la
incorporación de un nuevo artículo a la ley de Tráfico y Seguridad Vial en
virtud del cual los agentes de la autoridad podrán intervenir de forma
inmediata el permiso de conducción tanto al conductor que cometa una infracción
como al que esté implicado en un accidente y que además presente “síntomas
evidentes de que ha perdido las condiciones físicas necesarias para conducir”.
Este texto entrará en vigor el próximo 1 de enero.
De esta forma se modifica la enmienda introducida en un primer momento en el
Senado, que no contemplaba la palabra “físicas”, lo que motivó las protestas de
las principales asociaciones de automovilistas, que criticaron que los agentes
de tráfico pudieran retirar el carnet de conducir de inmediato a los
infractores sólo ante la consideración subjetiva de que el conductor no
reuniera las “condiciones necesarias” para llevar el vehículo. Además,
advirtieron de que la norma, en su anterior redactado, podía acabar en el
Tribunal Constitucional.
La retirada del carnet en el acto acompaña al bloque de medidas ya anunciadas
tras el Consejo de Ministros del 17 de octubre, que endurecen las sanciones por
infringir las reglas de circulación, y se ha tramitado dentro de la ley de
acompañamiento de los presupuestos para que pueda entrar en vigor a partir de
enero.
El artículo permitirá a los agentes, tanto guardias civiles como policías
locales y autonómicos, adoptar una medida tan drástica cuando consideren que el
conductor puede suponer un riesgo para los demás y para sí mismo.
Por otra parte, tras las enmiendas introducidas por el Senado, la conducción
sin la autorización administrativa implicará que no se pueda obtener el permiso
durante un año, así como la exigencia del depósito obligatorio del vehículo
cuando sea el conductor sin carnet el titular.
El texto aprobado también prohíbe a los conductores noveles en sus primeros dos
años obtener un nuevo permiso si han cometido tres infracciones graves o dos
muy graves, así como que no puedan tener carnet durante un año.
Las nuevas modificaciones de l ley de Tráfico vienen a coincidir en el tiempo
con la aprobación de los principales reglamentos que desarrollan la ley
aprobada en diciembre del año 2001. Sin embargo, no suponen un cambio en las
normas y reglas que deben respetar tanto conductores como peatones. Tan sólo
modifican las sanciones con que se castigarán determinadas infracciones.
La Vanguardia 24 de diciembre de 2003