La indemnización mínima por «overbooking» será de entre 250 y
600 euros
J. Jiménez - Bruselas.-
La UE
aprobó ayer definitivamente un nuevo reglamento que protegerá más a los
pasajeros aéreos que sufran la sobreventa de billetes (u «overbooking»),
anulaciones de los vuelos, o retrasos considerables. Las compañías aéreas que
incurran en estas prácticas que cada año afectan a 250.000 pasajeros en la UE
deberán indemnizar a los afectados con cantidades que varían entre los 250 y
los 600 euros, en función del recorrido del vuelo. Para los viajes inferiores a
1.500 kilómetros se establece la indemnización más baja (250 euros). En los
vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, las personas que sufran retrasos,
cancelaciones o se queden en tierra tras sufrir «overbooking» recibirán una
indemnización de 400 euros. Y para los vuelos de largo recorrido, aquellos
superiores a 3.500 kilómetros, las compañías deberán pagar compensaciones de
600 euros. Además, el nuevo reglamento prevé otras situaciones que se dan con
frecuencia en los aeropuertos. Si el retraso no es tan exagerado como para dar
lugar a indemnizaciones pero supera las dos horas, en caso de vuelos dentro de la
UE, o las cuatro, cuando el vuelo sea de larga distancia.
La Razón, 27 de enero de 2004