Tráfico multará desde hoy con 91 euros por tener encendido el móvil o la radio en las gasolineras

 

Rocío Ruiz - Madrid.-
Repostar gasolina con el móvil o la radio encendida está considerado, desde hoy, como una falta leve que Tráfico sanciona con una multa de hasta 91 euros. La nueva norma que recoge la reforma del Reglamento de Circulación tiene una finalidad «preventiva», según la DGT. Y es que los surtidores de gasolina se rigen por sistemas electrónicos y otros aparatos pueden interferir en su funcionamiento y descabalarlos o podrían hacer saltar una chispa que desencadenara una explosión.
   La normativa incluye medidas que favorecen a quienes se ven obligados a transportar carga en la parte superior del coche. El anterior reglamento (de 1992) prohibía que sobresaliera de las dimensiones del vehículo. Desde hoy se permite que lo haga un 10% más del largo del coche y sólo por la parte de atrás. Sin embargo, algunas asociaciones de conductores, como Automovilistas Europeos Asociados, echan en falta la regulación de portabicicletas. Ahora está prohibido que las «bicis» sobresalgan por encima de las dimensiones del vehículo. Además los conductores no podrán entrar en un túnel o paso inferior si es previsible que puedan quedar detenidos dentro. En estos espacios queda prohibido adelantar invadiendo el sentido contrario y la distancia de seguridad se fija en 100 metros.
   El reglamento regula aspectos de la circulación de ciclistas que la legislación no recogía. Así, los conductores de bicicletas podrán hacerlo por el arcén y siempre que sean mayores de 14 años. Estarán obligados a llevar casco y prenda reflectante cuando sea obligatorio el alumbrado y les da prioridad sobre los coches cuando estos vayan a realizar un giro. Cuando las motocicletas, ciclomotores y vehículos de tres ruedas cuenten con estructura de autoprotección y cinturón de seguridad, el conductor y los pasajeros estarán obligados a utilizarlos.
   Los conductores no podrán usar monitores de televisión en el coche ni pantallas con acceso a Internet o reproductores de vídeo y DVD. Sí se permiten GPS. También quedan prohibidos los detectores de radares. Otros supuestos, como la obligación llevar en el coche una «sillita» homologada para menores de tres años y para los mayores de esa edad que no superen los 150 centímetros de estatura, o la obligación de llevar chaleco reflectante cuando se salga del coche en vías interurbanas entrarán en vigor en julio.

La Razón 23 de enero de 2004

 

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